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Equipo directivo

  • Titularidad:

    • Asociación Educativa Prometeo.

Competencias:

  • Equipo directivo

    • Asesorar al Director general en el ejercicio de sus funciones.

    • Coordinar el desarrollo de los diferentes aspectos del funcionamiento del Centro en orden a la realización de sus objetivos, sin perjuicio de las competencias propias de los respectivos órganos de gobierno.

    • Coordinar y elaborar, a propuesta del Director de centro, la Programación general anual del Centro,  así como controlar y evaluar su ejecución.

    • Preparar los asuntos que deban tratarse en el Consejo escolar.

    • Establecer el procedimiento de participación en la elaboración del Proyecto educativo de Centro, y en las directrices para la programación y desarrollo de actividades y servicios en el centro. 

  • Director Titular 

    • Es el representante ordinario de la Entidad Titular ante la Administración Educativa y ante otros estamentos.

    • Velar por la efectiva realización del Carácter propio y del Proyecto educativo de Centro.

    • Convocar y presidir las reuniones del Equipo directivo.

    • Presidir, cuando asista, las reuniones del Centro sin menoscabo de las facultades reconocidas a los otros órganos unipersonales.

    • Aquellas otras que se señalan en el Reglamento de Régimen interior.

    • Atiende a las familias en asuntos especiales y de carácter general. 

  • Director pedagógico 

    Dirigir y coordinar las actividades educativas del nivel.

    • Ejercer la jefatura del personal docente en los aspectos educativos.
    • Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo escolar y del Claustro.

    • Visar las certificaciones y documentos académicos.

    • Ejecutar los acuerdos del Consejo escolar, del Claustro, y de sus respectivas Secciones, en el ámbito de sus facultades.

    • Proponer al Director general para su nombramiento, si ha lugar, al Coordinador general de Etapa, a los Coordinadores de seminarios, de ciclo y a los Tutores.

    • Favorecer el fomento de la convivencia impulsando el Plan de convivencia aprobado por el Consejo escolar.

    • Imponer las medidas de corrección en el caso de las conductas contrarias a las normas de convivencia, que podrá delegar en los órganos y en las condiciones que se establezca en la normativa en vigor.

    • Garantizar el ejercicio de la mediación y de los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución de conflictos según el procedimiento establecido en la normativa.

    • Incoar expedientes sancionadores e imponer, en su caso, las sanciones que correspondan, sin perjuicio de las competencias del Consejo escolar.

    • Aquellas otras que le encomiende la Entidad titular del Centro en el ámbito educativo. 

  • Coordinador general de etapa

    • Son competencias del Coordinador general de Etapa en su correspondiente ámbito: Coordinar las actividades educativas de la Etapa.

    • Ejercer la jefatura del personal docente en los aspectos educativos encomendados.

    • Convocar y presidir la Sección de Etapa del Claustro de profesores.

    • Ser oído con carácter previo al nombramiento de los Coordinadores de Ciclo y Tutores de su Etapa.

    • Favorecer la convivencia y corregir las alteraciones que se produzcan en los términos señalados en el presente Reglamento.

    • Aquellas otras que le encomiende la Entidad titular del Centro en el ámbito educativo.

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